¿Qué normativa debemos cumplir?
La normativa UNE-EN 81-70, es la encargada de regular las características que debe de cumplir un ascensor que se considera “accesible”. En ella se recogen los aspectos esenciales que debe tener el ascensor, tanto las dimensiones mínimas recomendables, como las adaptaciones necesarias para una persona con movilidad reducida pueda acceder a la cabina sin dificultad.
Elementos de un ascensor accesible
A continuación, vamos a explicar cuáles son las medidas que debe de cumplimentar un ascensor accesible:
a. Acceso
La primera dificultad que puede encontrar una persona discapacitada o con movilidad reducida es la entrada/salida y las maniobras que se deben hacer antes de poder entrar en la cabina, por lo que será necesario que el espacio exterior esté libre de obstáculos y sin inclinación.
El acceso debe tener 150 centímetros de diámetro, es decir, debe permitir que el usuario pueda realizar un círculo completo con la silla de ruedas. A su vez, debe existir una separación de 2 centímetros en horizontal y de 1 centímetro en vertical de separación entre el suelo y la cabina.
b. Puertas
Las puertas deben ser automáticas, correderas y tienen que permanecer abiertas un total -al menos- de 20 segundos. Por otro lado, un ascensor accesible debe de tener un botón que permita cerrar las puertas y un sensor de detección que cubra la altura entre 25 y 180 centímetros por encima del suelo. En cuanto al ancho de la puerta, no puede ser inferior de 80-85 centímetros. El color de las puertas debe resaltar con respecto al resto de paredes al igual que en la zona de acceso al ascensor, deberá estar claramente identificado con un color que destaque.
c. Cabina
La cabina debe tener como mínimo 1 metro de ancho por 1,25 metros de fondo, aunque hay recomendaciones que aseguran que para una mayor comodidad la cabina debería estar ampliada a 1,1 metros de ancho por 1,4 metros de largo. Esto se debe a que cuando una persona con discapacidad o con movilidad reducida quiera acceder a un ascensor accesible, pueda hacerlo junto a otra persona para que no viaje sola en caso de necesitarlo.
Por otro lado, si en su edificio existe un mayor hueco para el ascensor, también se recomienda que la cabina ocupe de 1,5 metros x 1,5 metros, con la intención de que el usuario pueda maniobrar dentro de la cabina sin ningún tipo de dificultad técnica a causa del espacio.
La cabina debe de disponer de un pasamanos lateral además de un espejo de fondo. Con ello lo que se persigue es que, las cabinas que tengan las dimensiones mínimas, permitan al usuario salir sin dificultad con la ayuda de estos elementos.
d. Elementos y dispositivos de señalización
Aunque pueda parecer una obviedad porque habitualmente la gran mayoría de ascensores lo incluyen, la botonera de un ascensor accesible siempre deberá contener los caracteres en braille, en relieve y con un color que resalte.
La altura de ésta deberá ser de entre 90 y 110 centímetros para que una persona con silla de ruedas pueda acceder sin problemas.
En cuanto a los dispositivos de señalización, tanto en la parte interior como en la exterior tiene que haber un elemento indicativo de la planta en la que está el ascensor y un elemento sonoro que avise cuando las puertas se abran o se cierren.